Nueva normativa de terrazas en Madrid

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¿Estás al tanto de la nueva normativa de terrazas de la capital? Debido a que la pandemia y sus consecuencias se han suavizado una vez que más del 80% de la población está vacunada completamente, las concesiones dadas a los negocios y en este caso, a los bares y restaurantes empiezan a revisarse. 

En Madrid, se ha lanzado ya la nueva normativa de funcionamiento de terrazas que estará en gran medida condicionada por la clasificación de zonas saturadas

¿Cuáles son las terrazas en zonas saturadas? Se basan en tres criterios: 

1- Alta ocupación del espacio: cuando las aceras con un ancho igual o inferior a 6m y el espacio de la terraza ocupe más del 33% o superen el 40% de la superficie disponible para colocarlas en el caso de aceras con un ancho mayor a los 6m, plazas, calles peatonales y calles sin salida.

2- Elevado tránsito peatonal: se considerará así cuando caminen más de 33 personas por minuto. 

3- Zonas medioambientalmente protegidas: terrazas situadas a menos de 150 metros de residencias mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias están determinadas como zonas saturadas

Además también estarán consideradas la clasificación de zonas acústicas. Los hosteleros cuyo negocio esté localizado en zonas tensionadas de la capital deberán instalar con carácter obligatorio sonómetros que midan el nivel de  ruido.

Horario máximo de funcionamiento de terrazas:

  • De domingos a jueves será hasta la 1:00h
  • Viernes, sábados y vísperas de festivos, hasta la 1:30h. 
  • El resto del año, cerrarán a las 00:00h

¿Qué pasará con las terrazas en zonas de estacionamiento?

A pesar de la nueva normativa de terrazas, estas podrán mantenerse durante los años 2022 y 2023 pero quedará reducido su funcionamiento hasta la medianoche. Además, deberán estar visiblemente señalizadas con barreras o reflectores. 

Por otro lado, se retiran las terrazas en lugares de estacionamiento localizadas en áreas consideradas zonas saturadas, zonas de protección acústica especial y en zonas ambientalmente protegidas cuando ocupen más del 40% de la superficie. En este caso, las autorizaciones podrán estar sujetas a revisiones y reducciones a propuesta del distrito. 

Se prohíben las estufas de gas en las terrazas: 

Sí, así es… Llega la prohibición de las estufas de gas y elementos móviles que emitan gases de efecto invernadero con la nueva normativa de terrazas. Estas deberán ser reemplazadas por mecanismos de calefacción homologados por la CE de la Unión Europea así como por utensilios que cumplan con los requisitos técnicos establecidos en su normativa. 

Aumentan las sanciones y aparecen los mediadores: 

Esta nueva normativa de terrazas incorpora normas para agilizar y facilitar la intervención de las infracciones administrativas y legales de las autorizaciones incluyendo la revocación de la autorización cuando el incumplimiento sea muy reiterativo y significativo. 

Estas nuevas sanciones implican cierres inmediatos en las terrazas que incumplan la normativa teniendo también en cuenta aquellos incumplimientos más leves. 

El Ayuntamiento recalca que retirará la terraza cuando se cometan dos infracciones muy graves o tres graves en un período inferior a los 2 años.

Por último, otra medida novedosa es la incorporación de la figura del mediador o responsable de terraza cuya función será la resolución de conflictos entre vecinos y el hostelero. Será el titular de la autorización del bar o restaurante el que designará a una o más personas para cumplir con esta función.

 

Como vemos, los bares y restaurantes en determinadas Comunidades Autónomas de nuestro país van recuperando paso a paso la normalidad pre-pandémica restableciendo las normativas de funcionamiento que se establecieron en su origen para ayudar a los hosteleros a sacar sus negocios adelante mientras debían cumplir con las medidas preventivas ante el Covid-19. ¡Es momento de ponerse las pilas y sacar el máximo partido a nuestro bar o restaurante!